- Servicios de Interpretes artistas, directores técnicos, prestados a los productores de películas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos.
- Entradas a teatros, circos, espectáculos..
- Servicios funerarios.
- Asistencia sanitaria dental, curas termales que no estén exentas.
- Servicio de peluquería.
- Suministro y recepción de servicios de radiodifusión digital y tv digital.
- Importación de objetos de arte.
También hay modificaciones en el Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, en concreto en la compensación. Pasando del 10% al 12% las entregas de productos naturales obtenidos de explotaciones agrícolas y forestales. Y del 8,5% al 10,5% los productos obtenidos en explotaciones ganaderas o pesqueras.
Recargo de equivalencia:
Con carácter general pasa del 4% al 5,2%
Los bienes y servicios gravados por el tipo reducido del 1% al 1,4%. Ahora bien en los casos en que los productos hayan salido del tipo reducido al general, pasaran del 1% al 5,2%.
La adquisición de vivienda si no hay cambios pasará del 4% al 10%.
Modificaciones en el IRPF:
La deducción por adquisición de vivienda por ahora, continúa. Desaparece la compensación de aquellas personas que compraron su vivienda antes del 20 de enero de 2006.
Retenciones, a partir del 1 de septiembre de 2012, se modifica lo siguiente:
- Rendimientos de trabajo de conferencias, curso: del 15% al 19 %
- Retenciones de profesionales del 15% al 19% Ahora bien desde el 1 de septiembre de 2012 hasta 31/12/2013 serán al 21%.
Estas son las modificaciones que considero nos van a afectar a la mayoría de nosotros.






