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Cuidado¡¡¡ si cumples todos los requisitos para que te concedan la renta de emancipación, no te olvides que es obligatorio declararla.

La renta de emancipación se ha de incluir en el periodo que se cobra y no cuando es concedida. Mucha atención, es posible que en los datos fiscales que está enviando hacienda no este incluida. Eso no quiere decir que no sea necesario declararla.

Al tratarse de una subvención nos convierte de forma automática en sujetos pasivos del Impuesto sobre la Rentade las Personas Físicas (obligatorio presentar la declaración dela Renta).

Hoy, 19 de noviembre de 2012, entra en vigor la prohibición a autónomos y empresas a realizar operaciones en efectivo superiores a 2.500 euros.

El pasado 31 de octubre se aprobó la nueva ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que entre otras muchas medidas hay que destacar la prohibición expresa de pagos en efectivo de operaciones superiores a 2.500 euros, en el que alguna de las partes actúe como empresario o profesional.

Las modificaciones introducidas en el IVA, entraran en vigor el próximo 1 de septiembre de 2012:

El 8% pasa al 10%

El 18% pasa al 21%

Nos encontramos con bienes y servicios que estaban gravados al tipo reducido (8%) que han pasado al general, es decir pasan del 8% al 21% , Estos bienes o servicios son los siguientes:

- Flores y plantas vivas de carácter ornamental

- Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta...

Debemos tenerle miedo ala LOPD? Ley Orgánica de Protección de Datos?

Si no cumplimos con la normativa de Protección de Datos puede costarnos muy caro… en concreto las sanciones van según el tipo de infracción:

Leve de 900,00 € a 40.000,00 €

Grave de 40.001,00 € a 300.000,00 €

Muy Grave de 300.001,00 € a 600.000,00 €