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AutonomoLey 31/2015 por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de le Economía Social.

Su entrada en vigor será el 10 de octubre de 2015.

 Entre otras novedades, destacamos las siguientes:

A los TRADE's (Trabajadores Autónomos Económicamente dependientes) se les permite que en determinadas circusntancias puedan contratar trabajadores (riesgo embarazo, maternidad, cuidado de familiares, etc)

La Tarifa Plana para Autónomos durante el inicio de la actividad pasa a ser un porcentaje a fijarse como una cantidad fija y estable, 50€/mes x 6 meses. Se elimina la limitación que hasta ahora tenían los beneficiarios de esta tarifa de no poder emplear a trabajadores por cuenta ajena.

Se amplia la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para destinarlo a inversión, eliminando la barrera de edad existente.

Se elimina también la barrera de edad que impedía en algunos casos compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia.

Se establece en 60 meses, el período de suspensión de la prestación por desempleo para realizar una actividad por cuenta propia.

Se reconoce a las pempresas de inserción y a los Centros Especiales de Empleo como entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico y General, por lo que se aumenta a 500.00€ el límite máximo de subvenciones europeas a percibir en tres años.

Se incluyen incentivos para la incorporación de trabajadores a entidades de la economía social, ampliandolas también a mayores de 30 años y se unifican en esta norma las distintas medidas de capitalización de desempleo y bonificación en contratos de interinidad para socios trabajadores de cooperativas.

Se extiende la posibilidad de reserva en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos a la empresas de inserción.

Se introduce un nuevo incentivo para contratación de personas en situación de exclusión social por empresas que no tengan la condición de empresas de inserción ni de centros empeciales de empleo, cuando dichos trabajadores han prestado sus servicios para una empresa de inserción.

Los autónomos que tuvieran bonificaciones o reducciones antes de la entrada en vigor de esta Ley, las seguirán aplicando como hasta ahora, si bien en caso de que empleen trabajadores por cuenta ajena no las perderán.

 

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